Lecciones y alquiler de tablas
Lecciones y alquiler de tablas
Abogados:
Lic. Alan Masis: 8862 2750
Lic. Franklin Lopez R: 2642 0270.
Lic. Johel Sanchez: 2661 0482.
Lic. Juan Carlos Fonseca: 2642 0656 * 2642 0691
Lic. Juan Diego Chaves: 2642 1106.
Lic. Marco Campos: 2642 4516 * 2642 1068*
Lic. Randall Ramírez: 2642 0851.
Lic. Elizabeth Mora: 2641 0444 * 2222 6806 * 2641 0061.
2642 1028 + 2642 1067*
2650 0525 + 2650 0119 * 2640 1919* 2640 0540*
Abono orgánico: 2641 0539 0973 *
Agua, perforaciones: 2642 0973* 2685 3335
Agroforestales: 2642 0585* 2642 0424
Agropecuarios, insumos: 2642 0871
Agro veterinario, almacén: 2642 0424
Ambiente, asesoría: 2683 0668 * 2642 0895
Aire acondicionado, taller: 2642 0020 * 2642 0850 * 2642 0851*
Artesanía mimbre: 2642 0300
Arquitectos: 8342 6315
Aserradero: 2642 0275
Asistencia en carretera: Taller MB 8824 9818
Banco de Costa Rica: 2640 1019 * 2640 10 21.
Banco Nacional: Cóbano 2642 0210 * Playa Carmen 2640 0640 *
Jicaral 2650 0484.
Banco Popular: Paquera 2641 0770 * 2641 0075 * Jicaral 2650 2970.
Bomberos: 2641 0670
Bus Cabuya-Montezuma: 2642 1112.
Bus Cóbano-Mal País: 2642 1112
Bus Cóbano- Montezuma: 2642 1112
Bus Cóbano-Paquera: 2642 1112
Bus Cóbano-Santa Teresa: 2642 1112
Bus Jicaral-Bejuco: 2650 0179
Bus Jicaral-Coyote: 2650 0179 + 2650 0198
Bus Jicaral-Nicoya: 2650 0179 + 2650 0198
Bus Jicaral-Playa Naranjo: 2650 0179 + 2650 0198
Bus Jicaral-San José: 2650 0179 + 2650 0198
Bus Paquera-Río Grande: 2640 0761
Bus San José-Cóbano-Montezuma: 2642 1112.
Cabo Blanco, Reserva NA: 2642 1112
Campamento, área para: 2641 0498 * 2683 0160+
2642 0745+ 2642 0351+ 2640 0031+ 2640 0075
Canopy: Montezuma 2642 0808 * Mal Pais: *
Carnicería Clarita (servicio domicilio ar): 2642 0595 * 8658 2465
Carnicería Granados: 2642 0375.
C.C.S.S. Clínicas: Cóbano 2642 0208 * Paquera 2641 0107 *
Lepanto 2650 0170
C.C.S.S. Oficinas administrativas: Lepanto 2650 0070+
2650 0727 * Cóbano 2642 050.
Clínica dental:
Dra. Cintia M 2642 0339.
Dr. Marco Mora: 2642 0056.
Dra. 2641 0919 .
Colegio Técnico Profesional de Paquera: 2641 0125+
2641 0534+
Colegio Técnico Profesional de Cóbano: 2642 0280+
Colegio Técnico Profesional de Lepanto: 2650 0141+
2661 3347 * 2642 0627
Cómputo: 2642 0038 + 2642 0906* 2642 0718 *
Cómputo / Internet 2642 0718 * 2642 0808
Concejo Municipal: Paquera: 2641 0015+ Cóbano: 2642 0238
+ Lepanto: 2650 0198
Constructores:
Emiliano Porter V. 8784 7623
Juan Carlos Céspedes 8803 4882
Contaduría:
Hilda Gonzalez; 2641 0006.
Martin Arroyo P: 2642 0104.
Correo: Cóbano: 2642 0047 * Lepanto: 2650 0114
Costurera: Susana Duarte: 8784 8694
Cruz Roja: Paquera: 2641 0403
Ebanistería: 2642 0530 + 2642 0191
Electricista:
Jorge Cruz: 8835 8828 *
Oldemar Barrantes: 8910 0557.
Edy Torres: 8880 9116.
Electricidad automotriz: Taller SAC: 2642 0017
Electricidad, instalación de líneas: 2451 3060.
Emergencias: 911
Encomiendas Puerta a puerta R y J: 2642 0958 * 2296 5913.
Equipo agroforestal: 2642 0585
Escuela: 2642 0331
Fajas: 2442 3089
Farmacia: Jicaral: 2650 1175 + AmigaCóbano: 2642 0508*
Amiga Playa Carmen: 2640 0539 * Paquera: 2641 4802 *
Paquera: 2641 4810
Ferreterías:
Cóbano: 2642 0043 * 2642 0680 *
Ferroca: 2642 0442 * Mal Pais: 2640026 *
Jicaral: 2650 0057
Ferry Coonatramar Playa Naranjo: 2661 1069.
Ferry Tambor Paquera: 2661 2084.
Fiscalía: Cóbano: 2642 0512
Forestales asistencia: 2642 0398* 2642 0585* 2683 0668
Fotocopiadora: 2642 0718
Fumigadora: 2642 0707+ 2642 089.
Gasolinera:
Servicentro Cóbano: 2642 0072
Servicentro Jimal: 2642 1632 * 2642 1005.
Generadores: 2642 0100
Guardería mascotas: 2642 0996 * 2642 1027
GRANJA OSTRÍCOLA: 2641 1348 * 2641 3022 * 8319 6370 http://www.ostrasptacuchillo.com
Grúas: Grúa MB 8824 9818 * 8873 8646 * 8393 3304
Herramientas eléctricas: 2642 0316
Housekeeper: 8824 5438
Hoteles / Hostel / Villas / Cabinas Distrito de Cóbano:
Cóbano Centro:
CABINAS JAZMIN: 2642 0411 / 8317 7963
Hotel Chica: 2642 0109 -
Hotel Villa Grace: 2642 0225
Montezuma:
Hotel Aurora: 2642 0051.
Hotel Anamaya: 2642 1289.
Hotel Bosquezuma: 2642 1349
Hotel El Capitán: 2642 0069
Hotel El Jardín: 2642 0548 * 2642 0074
Hotel El Pargo Feliz: 2642 0065
Hotel El Parque: 2642 0164.
Hotel El Sano banano: 2642 0636.
Hotel El Tajalin: 2642 0061.
Hotel El Tucán: 2642 0284.
Hotel Finca Los Caballos: 2642 0124.
Hotel La Cascada: 2642 0057
Hotel Liz: 2642 1404 * 2642 0314
Hotel Los Mangos: 2642 0076
Hotel Lucy: 2642 0273
Hotel Luz de Mono: 2642 0090
Hotel Luna llena: 2642 0390
Hotel Moctezuma: 2642 0058
Hotel Moctezuma Pacific: 2642 0970
Hotel Nature Louge Finca: 2642 0124
Hotel Montezuma Pacific:
Hotel Ylang ylang 2642 0636.
Cabuya:
Hotel El Ancla de Oro: 2642 0369
Hotel El Celaje: 2642 0374
Mal País / Playa Carmen / Santa Teresa:
Hotel Ambiente Marino: 2640 0261.
Hotel Alma: 2640 0080.
Hotel Atrapasueños:2640 1055.
Hotel Arenas Blancas: 2640 0178.
Hotel Beach Break: 2640 0612.
Hotel Blue Jay: 2640 0141 * 2640 0089.
Hotel Blue Surf: 2640 1001
Hotel Buddaha: 8836 5366 * 2640 0562
Hotel Buenos Aires: 2640 0254.
Hotel Canaima: 2640 0410.
Hotel Casa Cecilia: 2640 0115.
Hotel Casa de la luna: 2640 0948.
Hotel Casa del mar: 2640 1086.
Hotel Casa zen: 2640 0523.
Hotel Costa del Mar: 2640 0986.
Hotel Custa Arriba: 2640 0607.
Hotel Disfrútalo: 2640 0572.
Hotel Don Juan: 2640 0700
Hotel El Pacifico jungle: 2640 0217
Hotel Flor Blanca: 2640 0232.
Hotel Frank´s place: 2640 0096.
Hotel Funky Monkey: 2640 0272.
Hotel Gaviota: 2640 0424.
Hotel Itauna: 2640 0095.
Hotel Luz de luna: 2640 0280.
Hotel La Hacienda Tropical: 2640 0067.
Hotel Las Caracolas: 2640 0189.
Hotel Manala: 2640 1132.
Hotel Milarepa: 2640 0023
Hotel Oasis: 2640 0259.
Hotel Otro lado: 2640 1941.
Hotel Pachamama: 2640 0195.
Hotel Pacif Dreams: 2640 0247.
Hotel Pacifica surf studio: 8836 5064.
Hotel Playa Carmen: 2640 0404.
Hotel Playa Cielo: 2640 1106.
Hotel Paraiso azul: 2640 0003.
Hotel Pranamar yoga: 2640 0852.
Hotel Raratonga: 2640 0475.
Hotel Red Frog: 2640 0670.
Hotel Ritmo Tropical: 2640 0174.
Hotel Rústico: 2640 0895.
Hotel Shaka: 2640 1118.
Hotel Surf Camp Mal País: 2640 0031.
Hotel The Place: 2640 0001.
Hotel Trópico latino: 2640 0062.
Hotel Villas Solar: 8359 8633.
Hotel Villas Monarca: 2640 0312 * 2640 00442.
Hotel y villas Esencia: 2640 0420 * 2640 0381.
Hotel Vista de Olas: 2640 0183.
Hotel Zeneyda: 2640 0118.
Hotel Zula inn: 2640 0614.
TAMBOR:
Hotel Alkamar: 2683 1117.
Hotel Barceló Playa Tambor: 2683 0303.
Hotel Costa Coral: 2683 0106.
Hotel Cristina: 2683 0028.
Hotel El Timonel: 2683 1010
Hotel H y B : 2683 0025.
Hotel Tango Mar: 2683 0001
Hotel Vista Hermosa: 8829 6848.
Hoteles / Hostel / Villas / Cabinas Distrito Isla Chira:
Hoteles / Hostel / villas / cabinas Distrito Lepanto:
Hotel La Peninsula: 2650 0011.
Hoteles / Hostel / villas / cabinas Distrito Paquera:
Hotel Ginana: 2641 0119
Hotel La Casa del Lago: 2641 1054
Hotel Curú: 2641 1414 * 2641 0100
Hotel vista las islas: 2641 0722.
Pochote:
Hotel Pochote: 2683 0160
ICETEL: 2641 0166* 2642 0455* 2642 0123
ICELEC: 2642 0123+ 2642 0206+ 2663 2000
ICELEC averías: 2657 5062 * 126
Inyectores limpieza: 2642 0017
Ingenieros: 8342 6315
Jardines: 8823 9508 * 2683 0183 * 8863 0449
Juzgado: 2642 0233
Laboratorio veterinario: 2642 0424
Landscape construction: 2642 0137.
Librería: 2642 0718 * 2642 0226* 2650 0979 * 2650 0003
Líneas aéreas: 2221 9414 * 2296 1102 * 2220 3054 + 2683 0137 *
Maderas: 2683 0263.
Médicos: 8392 4791/ 2642 0950/ 2642 0208/ 2650 8048+ 2641 0107
Mimbre artesanías: 2642 0300
Ministerio Agricultura y Ganadería: 2641 0116+ 2642 0294+ 2650 0063
Ministerio Educación: 2642 0211
Ministerio Salud: 2650 0101
MUEBLES LA PENÍNSULA 2641 0264 * 8375 6422 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Mueblería: 2650 1018 / 2642 0226 * 2683 0263
Moto guaraña, repuestos: 2641 0878
Motos, venta: 2642 0585 * 2642 0100
Motosierras, repuestos: 2641 0878 + 2642 0585
Muñoneras: 2433 3636
Odontología:
2642 0056 * 2642 0596 * 2642 0339 * 2641 0919 * 2640 0943
O.I.J : 2642 0480
Panadería: 2642 0610
Paste, productos de: 2646 8029
Patronato Nl de Infancia: 2641 1100.
Perforaciones: 2642 0973 * 2685 3335
Piscinas, equipo: 2642 0316
Pizzería: 2642 0397* 2640 0110
Policía: 911 * 2641 0667 * 2642 0770 * 2650 0824.
Queques por encargo: 2642 0151
Refugio Curu: 2641 0100
Rejas y portones: 2650 0587
Reserva Natural Absoluta Cabo Blanco: 2642 0093.
RESTAURANTES Y SODAS
En Distrito de Cóbano:
Cóbano Centro:
Caoba: 2642 0379.
Cóbano:2642 0397.
Doña Chica: 2642 0109.
Mal Pais / Playa Carmen / Santa Teresa:
Al chile viola: 2640 0433
Alma: 2640 1055.
Frank´s place: 2640 0096
Las caracolas: 2640 0189.
Mal Pais Surf: 2640 0031
Mary´s: 2640 0153.
Pizzeria Playa Carmen: 2640 0110.
Pizzeria Ritmo tropical: 2640 0174
Rancho Mal Pais: 2640 0132.
The wave BBQ: 2640 0183.
Umi sushi: 2640 0968
Zula: 2640 0614 * 2640 0196.
Montezuma:
Bakery: 2642 0458.
Cocolores: 2642 0348.
El sano banano: 2642 0636.
La cascada: 2642 0057.
Las palmeras: 2642 0269.
Moctezuma: 2642 0657.
Playa de los artistas: 2642 0920.
Pizzeria LÁngolo: 2642 1111.
Orgánico: 2642 1322.
Ylang Ylang: 2642 0636.
Tambor:
HyB:
EN DISTRITO DE LEPANTO
La Península: 2650 0011.
Timibe: 2650 0548.
EN EL DISTRITO DE PAQUERA:
Casa del lago: 2641 1054.
Ginana: 2641 0119.
Macho marisqueria: 2641 0262.
Las vegas Marisqueria: 2641 0473.
Repostería: 2642 0610
Repuestos de automóvil: 2641 0128 / 2642 0550+ 2650 0940
Retenedores: 2433 3636
Roles: 2641 0464 * 2642 1313 *2442 3089
Salas de Belleza: 2642 0058 * 2642 0895 * 2642 0265 * 8816 5595 *
2650 0708 *2650 0650 * 2641 0530
Seguros, venta de: 2642 0883 * 2640 0705
Servicentro Cóbano: 2642 0072
Soldadura: 2650 0587
Super mercado: 2642 0931 * 2642 0266 *2642 0019 * 2641 0745
Taller autos: 2642 0017 * 2642 0776* 2642 0537 * 2642 0464 * 2642 0089 * 2641 0446 * 2641 0719* 2641 0127 * 8836 7424* 8831 9170 * 8849 5516
TALLER DE AUTOS MB: 8824 9818
Taller bombas y motores: 2642 0316
Taller de computadoras: 2642 0718* 2642 0038
Taller de cuadraciclos: 2642 0100
Taller enderezado y pintura: 2650 0587* 8854 7136
Taller limpieza de inyectores: 2642 0017* 8836 7424
Taller motosierras: 2641 0878* 2642 0585*
Taller de motos: 2642 0585 * 2642 0100
Taller de radio y televisión: 8306 2132
Taller refrigeración: 2641 0464
Tamales por encargo: 2642 0312* 2642 0300
Taxi: 2642 0456* 2642 0000* 2641 0227* 2640 0261
Tienda: 2642 0226* 2642 0955* 2642 0632* 2642 0046
Transporte carga: 8839 7137* 2650 0190
Transporte turismo: 2640 0671 * 2642 0467 *2640 0384 * 2683 0567*
8357 2082 *
Transporte lancha: 2641 0515
Transporte en lancha Pochote: 8402 8761
Turismo: 2640 0671 * 2642 0467
Ultrasonido: 2663 5858
Verdura, distribuidores: 2640 0354* 2641 0527
Veterinaria: 2642 0996 * 2642 1027 *2642 0037 * 2642 0249 *
2650 0080
Viajes, agencia de,:
Viajes Costa del Pacífico. Pochote 2533 0789 * 8402 8761
Vidrios: 2641 0211* 2641 0373 * 2642 0993
Vivero: 2642 0469* 2642 0661 * 2200 0162* 8823 9508
Zapatería: 2642 0746* 2642 0046.
Agradecemos nos reporte cualquier error que detecte.
EL principio de IRRETROACTIVIDAD de la Ley
"A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna o sus derechos patrimoniales adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas" Articulo 34 de la Constitución.
Decreto 162 de 1828 en Costa Rica:
La Asamblea Constitucional del Estado Libre de Costa Rica, deseosa de proteger a los que se dedican con utilidad común, a la marina, pesquería, y elaboración de sales, removiendo los obstáculos que puedan embarazar tan benéficas e indispensables ocupaciones ha venido en decretar y decreta:
Se reserva en los terrenos baldíos una milla de latitud sobre las costas del mar exclusive a (sic) favor de la marina, pesquería y salinas"
Se trata de una simple reserva o prioridad de uso en favor de particulares dedicados a ciertas artes y oficios y que se aplicaba solo sobre los terrenos que fueran baldíos nacionales, no a los terrenos reducidos a dominio particular.
¿ Y la tantas veces cacareada "declaratoria de Patrimonio Nacional, imprescriptible, inalienable, etc, etc,." Pues... ahí no está.
No se reservó esa zona para el Estado, sino que dió prioridad a ciertos habitantes.
Ese Decreto 162 no creó una zona de patrimonio excluisvo y absoluto para el Estado.
El Decreto 162 lo que creó fue una reserva o asignación de uso a favor de particulares. E igualmente importante, dicha zona debería ser baldío nacional.
Lo que ahí real y expresamente se creó fue una prioridad de ocupación por parte de ciudadanos (pescadores , navegantes y salineros). NO HAY DERECHO ALGUNO AHI CREADO, PARA LA ADMINISTRACIÓN, POR LEY EXPRESA.
(LICENCIADO MIGUEL RUIZ. LEX counsel)
(Licenciado Miguel Ruiz. LEX Counsel)
Sobre proyecto de Ley donde se reconoce a Cahuita como comunidad tribal (expediente No 20.512
“NO TODO LO QUE BRILLA ES ORO”:
SOBRE PROYECTO DE LEY DONDE SE RECONOCE A CAHUITA COMO COMUNIDAD TRIBAL (Exp. Legislativa #20.512):
Que implica para los habitantes costeros del litoral atlántico y particularmente del Cantón de Talamanca, un eventual reconocimiento legal de Cahuita como “COMUNIDAD TRIBAL”?
Lo anterior, Sin una legislación comprensiva donde sea determinado claramente los derechos de los miembros de la “tribu”, y requisitos para calificar como miembro de ella; eso sería terreno fértil para complejos, extensos y onerosos litigios legales.
Aparte de ello, tendría como propósito servir como fundamento para una eventual Queja ante la CIDH con base al Convenio 169 sobre los derechos de los Indígenas y pueblos tribales.
Lo anterior, como alternativa de una ley de titulación que incluiría a los poseedores de las distintas tribus de la humanidad.
Considero, que limitar el derecho de propiedad a la pertenencia de una “tribu” en particular, sería en realidad un absurdo, debido a amplia práctica de mezcla etnica entre los habitantes costeros.
Quizás a mediados del siglo pasado podría haber sido aplicable sin desposeer a muchas personas de sus bienes adquiridos de buena fe.
Es tan injusto dejar de reconocerle el derecho sobre sus tierras a los descendientes de la gente originaria de las áreas costera; como el desposeer a quienes de ellos han adquirido propiedades en forma legítima y de buena fe.
La justicia jamás se alcanzará por medio de actos injustos. Eso no es otra cosa, que transferir nuestros sufrimientos a otros vecinos.
Bernardo Archer Moore
ANHACO
Foro de discusión y presentación de proyecto para titulación de tierras en zonas declaradas especiales
El Diputado Oscar Cascante y el Ministro de Ambiente, tienen una propuesta para la titulación de tierras en Zona Marítimo Terrestre, Zonas Fronterizas y Protectorados.
Para el análisis del tema se llevaría a cabo un Foro el cual fue suspendido a última hora debido a la situación de huelga que atraviesa el país.
ANHACO estaría presente y nos mantendremos enlazados con el Despacho del Diputado Cascante, para la reprogramación de la actividad.
Del por qué una ampliación a la moratoria
Justificación de LEY DE PROTECCIÓN A LOS CIUDADANOS OCUPANTES
DE ZONAS CLASIFICADAS COMO ESPECIALES
DIPUTADA ARACELLI SEGURA RETANA
EXPEDIENTE N.º 20.737
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La Constitución Política de Costa Rica establece en su artículo 50, que el Estado
procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y
estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza, pero también
regula el “derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”; de manera
que las acciones gubernamentales deben orientarse no solo a resguardar el
derecho al ambiente, sino también el bienestar de los habitantes de la República,
armonizando las acciones que mejor garanticen el respeto de ambos derechos
fundamentales. El mandato constitucional en lo que se refiere a “procurar el mayor
bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción
y el más adecuado reparto de la riqueza”, ha sido y será un gran reto para
cualquier Estado democrático y social de derecho, pero debe ser el norte que
oriente la implementación de políticas públicas claras, precisas y transparentes,
que comprometan a luchar cada día, por una sociedad más justa, igualitaria e
inclusiva, que le brinde a todos los costarricenses las mismas oportunidades de
crecimiento y desarrollo, pero lamentablemente, no es la realidad que viven miles
de familias costarricenses.
Todavía a estas alturas del siglo XXI, en nuestro país, encontramos que durante
décadas, generaciones de miles de familias costarricenses, han habitado en las
costas e islas, estas familias han construido sus hogares y desarrollado
actividades productivas como la pesca artesanal, ganadería, el turismo local, y la
agricultura, entre otras, en áreas que forman parte de la zona marítimo terrestre,
de la zona fronteriza y del patrimonio natural del Estado. No obstante, pese a los
largos períodos de ocupación y de uso de esos territorios, la ocupación se ha
dado, en muchos casos, sin contar con una concesión del Estado. Esto, aunado a
la naturaleza misma de los terrenos, ha generado que diversas instancias
estatales se hayan visto obligadas a promover procesos de desalojo de las
familias y derribo de las construcciones, desencadenando una problemática social
grave al dejar a estas personas sin su techo habitual y en muchos casos sin
acceso a la actividad productiva que les da el sustento diario. No tienen seguridad
jurídica sobre las tierras que han ocupado durante tantos decenios y simplemente
los hemos convertido en ciudadanos de tercera categoría.
Atendiendo la necesidad de los habitantes de estas zonas conforme con el
mandato constitucional:
1) El 06 de septiembre del 2012 se aprobó en segundo debate el proyecto de
ley: “Ley de Protección a los Ciudadanos Ocupantes de Zonas Clasificadas como
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Especiales”, esta iniciativa genera la Ley N.° 9073, la cual tuvo como objetivo
suspender por un plazo de 24 meses el desalojo, la demolición de obras,
actividades y proyectos en la zona marítima terrestre, zona fronteriza y patrimonio
natural del Estado (PNA), además de exceptuar de la suspensión prevista en la
norma legal aquellos casos en que existiera resolución judicial o administrativa en
firme; este plazo se cumplió y no se generó la normativa requerida.
2) El 21 de julio de 2016 se publica en La Gaceta N.° 141 al Alcance N.° 127
la Ley N.° 9373, que como lo sita su artículo primero, establece “ Por el plazo de
veinticuatro meses se suspenderá el desalojo de personas, demolición de obras,
actividades y proyectos en la zona marítima terrestre, zona fronteriza y patrimonio
natural del Estado, salvo aquellas que sean ordenadas mediante resolución
judicial o administrativa en firme, fundamentándose en la comisión de daño
ambiental o cuando exista peligro o amenaza de daño al medio ambiente “, este
plazo pronto a vencerse nuevamente el 21 de julio del 2018, debe ampliarse
nuevamente, porque recién inicia el análisis y la discusión de las iniciativas de ley
relacionadas con esta materia.
En efecto, sobre la regularización de la ocupación de los territorios de la zona
fronteriza y el patrimonio natural del Estado, es necesario atender la realidad
particular que se vive en cada una de las regiones, por lo que en la Asamblea
Legislativa se han presentado dos proyectos de ley que corresponden al
expediente N.° 20.493 “ Ley para Establecer un Régimen Jurídico Especial para el
Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte, (iniciativa de la
diputada Aracelli Segura ) y el expediente N.° 20.407 “ Ley para la Regularización
del Patrimonio Natural y Forestal del Estado (iniciativa del Poder Ejecutivo ),
imponiéndose otorgar el espacio necesario al Poder Legislativo, para una
discusión técnica y legal seria y profunda de cada una de estas iniciativas.
Por su parte, en relación con los planes de ordenamiento territorial, es importante
señalar que existe un marco legal complejo que regula la tramitología
administrativa para cumplir y lograr la correcta aplicación de los instrumentos de
planificación, sean planes reguladores o planes regionales. Actualmente en este
proceso participan las municipalidades, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental
(Setena), el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y según sea el
caso el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), además dichos planes deben ser
sometidos a procesos de consulta con la ciudadanía mediante audiencias
públicas; siendo claro entonces la cantidad de instancias que participan en el
proceso, y la complejidad de los trámites que lo componen, es evidente que la
elaboración e implementación de los planes de ordenamiento territorial toman su
tiempo. Adicionalmente, el Poder Ejecutivo ha trabajado con una visión integral de
desarrollo en el abordaje de este tema, de manera que nuestro país pueda contar
con una política de ordenamiento territorial clara que brinde los parámetros
básicos conceptuales y ofrezca los lineamientos generales para la adecuada
administración y uso racional del territorio.
El proceso de ordenamiento territorial es complejo y su implementación conlleva
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una serie de actividades que requieren plazos de tiempo considerables, como sí
se presenta la problemática social de practicar los desalojos y los derribos de las
familias que tienen su vida construida en las zonas especiales antes referidas.
Asimismo, parte de la fundamentación de la suspensión mencionada consistió en
la emisión de medidas cautelares judiciales o administrativas que deben
fundamentarse en la comisión de daño ambiental, exista peligro o amenaza de
daño al medio ambiente.
Aunque en la corriente legislativa se encuentran presentados proyectos de ley
relacionados con el ordenamiento territorial, la titulación de zona fronteriza y
territorios costeros, su discusión y debate sin duda van a requerir tiempo y la
realidad de los habitantes de las áreas que forman parte de la zona marítimo
terrestre, de la zona fronteriza y del patrimonio natural del Estado es apremiante y
no puede esperar, pues muchas de estas personas al vivir en ocupación durante
muchos años en dichas zonas y no contar con título de propiedad son víctimas de
desalojo y derribo de las construcciones, todo ello ha desencadenado una
problemática social grave al dejar a estas personas sin su techo habitual y en
muchos casos sin acceso a la actividad productiva que les da el sustento diario.
El presente proyecto de ley incluye a todos sus actuales ocupantes, sean estos
ocupantes a título precario, permisionarios o concesionarios, no obstante es
importante señalar que en respeto del ordenamiento jurídico de nuestro Estado de
Derecho, la presente moratoria no suspende los procesos judiciales y
administrativos en trámite, ni tampoco limita la interposición de nuevos procesos
en cualquier sede, únicamente suspende la ejecución de resoluciones judiciales o
administrativas en firme, en lo referente al desalojo de personas, demolición de
obras o suspensión de actividades y proyectos, salvo cuando se haya ordenado
en ocasión de daño ambiental o peligro o amenaza de daño al medio ambiente, en
cuyo caso deberá procederse con la ejecución pertinente. Y bajo el mismo
supuesto ambiental, no excluye la posibilidad de dictar medidas cautelares
judiciales o administrativas.
Ahora bien con relación a las resoluciones administrativas a las que refiere el
proyecto, tanto en tratándose de medidas cautelares administrativas como de
resoluciones administrativas en firme, son exclusivamente las dictadas por el
Tribunal Administrativo Ambiental o el ministro de Ambiente y Energía.
En reconocimiento de las garantías constitucionales en materia de protección al
medio ambiente, la iniciativa incorpora salvaguardas que mantienen indemne el
deber del Estado en materia de protección ambiental y la acción reivindicatoria
que debe ejercer frente situaciones de daño ambiental propiamente dicho o
amenaza o peligro de daño, con lo cual se incorpora el principio precautorio y el
principio preventivo, que son en definitiva los parámetros de protección más
amplios en esta materia.
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La moratoria propuesta no consolida de ninguna manera, situaciones irregulares
de ocupación ilegítima, no favorece la constitución o consolidación de derechos a
favor de los ocupantes a título precario de las zonas objeto de la moratoria.
Las restricciones a las modificaciones de obras, actividades y proyectos ubicados
en las zonas objeto de la moratoria, lo son exclusivamente para los ocupantes a
título precario, puesto que los permisionarios y los concesionarios estarán sujetos
a la normativa que le resulte aplicable, al acuerdo de concesión o permiso, al plan
regulador y a la autorización del órgano competente.
Igualmente, la moratoria no propicia un aumento de la problemática respecto de la
ocupación ilegítima, pues, en virtud de lo dispuesto en su artículo 5, el Estado
debe evitar nuevas ocupaciones a título precario en las zonas objeto de la
moratoria. Siendo claro que los actuales ocupantes a título precario,
permisionarios o concesionarios podrán conservar tal condición durante todo el
plazo de la moratoria.
Las obligaciones que devienen al Estado como consecuencia de la moratoria,
conciben al Estado en su conjunto, es decir, en sentido amplio. Y tales
obligaciones deben ser entendidas, respecto de las competencias que le han sido
conferidas a cada ente u órgano de la Administración Pública, en el tanto tengan
incidencia en las acciones que deban implementarse en solución de la
problemática apuntada.
Finalmente, la moratoria no conlleva la desafectación de las áreas que tengan
naturaleza demanial, por lo que no supone una afectación de la colectividad en
menoscabo de los bienes de dominio público del Estado.
En virtud de estar próximo el plazo de vencimiento de la suspensión indicada y en
vista de que todavía no se han aprobado las políticas públicas necesarias para
resolver esos problemas, y dado que el vencimiento de la Ley N.° 9373 “Ley de
Protección a los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales”, de 21 de
julio de 2018, daría como resultado daños de muy difícil o imposible reparación,
para los sujetos beneficiarios de la citada ley, se propone en el presente proyecto
de ley una moratoria de veinticuatro meses, que brinde por ese tiempo tranquilidad
a las familias que habitan en las zonas especiales.
Por los motivos señalados, me permito presentar a consideración de la señores y
señoras diputados y diputadas, el siguiente proyecto de ley.
Expediente N.° 20.737 5
Aracelli Segura Retana
Diputada
3 de abril de 2018
APROBADO EN JUNIO 2018 Y REGISTRADO
CON EL NUMERO DE LEY 9073
.
En Costa Rica a los ocupantes de zona marítimo terrestre se nos violenta los elementales derechos humanos.
VAMOS POR LA RESTITUCIÓN DE DERECHOS HUMANOS A LOS HABITANTES
DE LAS ZONAS MARÍTIMO TERRESTRES Y TERRITORIO INSULAR
vDerecho al Trato Igualitario
vEl Derecho a la Propiedad Privada
vDerecho a la Vivienda
vDerecho a la Identidad Cultural
vDerecho de Arraigo
vDerecho al Trabajo
La restitución del Derecho al Trato Igualitario y otros derechos humanos, para las personas pobladoras
ocupantes de la zona marítimo terrestre, empieza y se garantiza con un título de propiedad sobre la
tierra que hemos ocupado por generaciones.
Existe en Costa Rica extensiones de terreno en la franja costera, escrituradas a nombre de particulares tan dignos como nosotros.
Que la misma Ley de Zona Marítimo Terrestre No 6043, establezca que las personas que viven en centros de cantón, si pueden gozar de un título de propiedad, es una odiosa violación del Derecho al trato igualitario y nos ha condenado por años a la desventaja social, con un reparto desigual de privilegios, como si ser zona urbana o cabecera de cantón dependiera de nuestro “buen comportamiento”.
La zona marítimo terrestre, desde los años 1828 - 1839 fue entregada por el Estado, con título de propiedad, a personas que se dedicaran a la pesca, a las salinas y al transporte marítimo. Muchas de esas escrituras se mantienen vigentes.
Para un conglomerado de unas 50.000 familias (2010) ocupantes de las zonas marítimo costeras e insulares, lo que hay desde que se despertó el apetito del desarrollo de grandes proyectos turísticos (1980) es la amenaza constante de los desalojos y demoliciones, generalmente llevadas a cabo con crueldad, violencia y por la matonería de funcionarios de diversas instituciones.
Vamos a recuperar nuestro Derecho al trato igualitario, a la Propiedad Privada, que nos asegure nuestro Derecho a la Identidad Cultural, nuestro Derecho de Arraigo, nuestro Derecho a Vivienda y Trabajo digno,
Con los desalojos y las demoliciones, se han desintegrando familias, condenándolas a la migración, al desempleo, a la miseria emocional.
Aunque no todas las comunidades costeras, somos declaradas tribales, para acudir a la protección expresa, poseemos ADN y cultura indo / africana, claramente definida por la forma nuestra de vestir, de preparar los alimentos, de pasar el tiempo libre, de convivencia y relación con la mar y sus recursos.
¡Desarraigarnos es romper nuestro espíritu!
Con titulo de propiedad para todos, en zona marítimo terrestre, defendemos a las personas adultas, en especial quienes viven el las Zonas Especiales de Longevidad Isla Chira, Isla Venado, Isla Caballo, Isla Cedros, Lepanto, Punta Cuchillo, Punta del Rio, Montezuma, Cabuya, Muelle Tambor, Gigante, Mal País, Pochote y muchas mas
ügarantizar la promoción, la protección y el mantenimiento de estilos de vida saludables de la Zona Especial de Longevidad
ü promocionar o preservar sus costumbres y tradiciones.
üfomentar emprendimientos de micro y mediana empresa.
üfomenten y promocionen la producción.
ü intercambio intergeneracional transmitiendo conocimientos y experiencias de las personas adultas mayores a las nuevas generaciones.
(Ley No 9557. de Zona Especial de Longevidad”)
Llegó el momento de restituir nuestros derechos:
ü Con un título de propiedad paralizamos de una buena vez, los abusos de funcionarios municipales que ahora se amparan, para los desalojos, en una concesión para la cual establecen reglamentos y pagos inalcanzables para las personas pobladoras ocupantes.
ü Con un titulo de propiedad fortaleceremos la producción en maricultura y pesca responsable
ü Con un título de propiedad mejoraremos la calidad de las micro y medianas empresas familiares de servicios turísticos y agropecuarios, generando mas empleo y fortaleciendo la marca país del “pura vida”.
La restitución del Derecho de Propiedad en Zona Marítimo Terrestre y Territorio Insular, nos dará la tranquilidad de cambiar el zinc de nuestra casa sin temor a que llegue la municipalidad a demoler.
Un titulo de propiedad nos permitirá mejorar las condiciones de las instalaciones de muelles, recibidores, maricultura, y diversidad de servicios turísticos
La titulación nos dará tranquilidad al descanso en la hamaca bajo los almendros.
La titulación nos dará sosiego para llegar de la pesca y encontrar nuestra casa en pie y que no la han incendiado.
La titulación nos dará la alegría de reunirnos en familia y con vecinos, compartiendo un rico rice and been, un ceviche, un rico salpicón, un patí, una sopa de mariscos, unas ostras con limón.
Un titulo de propiedad para todas las personas que ocupamos los 150 metros de zona marítimos terrestre, permitirá mejor calidad de vida y es el impulso para consolidar la protección a los recursos naturales fortaleciendo una economía diversificada y robusta.
La titulación en 150 metros de zona marítimo terrestre y territorio insular, es por la Paz Social, por un desarrollo en armonía para todos.
Asociacion Nacional de Habitantes de las Zonas Costeras e Insulares de Costa Rica (ANHACO)
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Asociación Nacional de Habitantes de las Zonas Costeras (ANHACO) celebró Asamblea General.
El 8 de abril del 2015 en las Instalaciones de ASDEICE, se celebró la Asamblea General Ordinaria de ANHACO.
Con la participación de representantes de las tres provincias costeras, se contó además con la presencia de la Licenciada Adriana Rojas Rivero, asesora legal a cargo del proceso Contencioso Administrativo contra el Instituto Geográfico Nacional por irregularidades en la definición de la línea de pleamar, fundamento escencial en la demarcacion de la zona pública y zona restringida de la zona marítimo terrestre.
INFORME DE LABORES DE LA PRESIDENCIA / Junta Directiva
PERIODO ABRIL 2014- ABRIL 2015
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